Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas traspasar un arma de fuego, inscrita a nombre de una persona que falleció, al familiar que la herede u otra persona.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.

¿A quién va dirigido?

Personas naturales o jurídicas que:

  • Cumplan con los requisitos estipulados en el artículo N° 76 del reglamento complementario de la Ley 17.798 Sobre Control de Armas..
  • Además deberá presentar Certificado de defunción.
  • Documento que acredite el fallecimiento y parentesco.
  • Cónyuge: certificado de matrimonio.
  • Hijo o hija: certificado de nacimiento
  • ¿Cuál es el costo del trámite?

    Revise la tasa de derechos.

    ¿Cómo y dónde hago el trámite?

    1. Reúna los antecedentes requeridos.
    2. Diríjase a una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
    3. Explique el motivo de su visita: transferir un arma de fuego por defunción.
    4. Entregue los antecedentes requeridos.
    5. Como resultado del trámite habrá solicitado la transferencia del arma, cuya respuesta obtendrá inmediatamente.
TRÁMITES